Presentación de Solicitudes a través del Registro Electrónico General (REG)

En tanto en cuanto no esté operativa la sede electrónica del Ministerio de Juventud e Infancia, Orden JUI/893/2024, de 20 de agosto, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio de Juventud e Infancia, la presentación electrónica de escritos y solicitudes vinculadas a procedimientos y trámites competencia de este Departamento que no estén contemplados en las anteriores sedes, deberán presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado adjuntando los modelos de formularios facilitados a tal efecto que se manifiesten en las bases del procedimiento si procede.

El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado es un registro para la presentación de Instancias Genéricas y documentos para su tramitación con destino a cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para realizar el registro se debe disponer de DNI electrónico o Certificado electrónico en vigor.

Acceso al REG