Información y atención a la ciudadanía

Consultas generales

La OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO (OIAC) ofrece a los ciudadanos la información administrativa necesaria que les permite el acceso al conocimiento de sus derechos y obligaciones, así como a la utilización de los bienes y servicios públicos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.   

La atención ciudadana para recibir información general del Ministerio de Juventud e Infancia, su estructura organizativa y el funcionamiento ordinario de los servicios se realizará a través de los siguientes formularios:

     -    En línea accediendo a este formulario     
     -    Descargar formulario para presentar su solicitud presencialmente

Quejas y Sugerencias del Ministerio de Juventud e Infancia.

Según lo dispuesto en el Artículo 15 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, las ciudadanas y los ciudadanos podrán formular sus quejas o sugerencias presencialmente, por correo postal o por medios telemáticos.

Las quejas y sugerencias relativas a cualquier unidad del Ministerio de Juventud e Infancia pueden gestionarse electrónicamente o de forma presencial en el Registro del Ministerio ubicado en el Pº del Prado 18-20 de Madrid y en cualquiera de los Registros autorizados en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o por correo postal.

Formule su queja o sugerencia desde la sede electrónica:

Descargar formulario para presentar su queja presencialmente.

Recibido la queja o sugerencia, ya sea por medios electrónicos o presencial, la Unidad Responsable correspondiente deberá informar al ciudadano en el plazo de 20 días hábiles. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.

Si transcurrido el plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, el interesado se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Juventud e Infancia por correo electrónico a la dirección inspeccionservicios@juventudeinfancia.gob.es a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y para que dicha Inspección proponga, en su caso, a los órganos competentes la adopción de las medidas oportunas.

Oficina de Registro del Ministerio de Juventud e Infancia:

Paseo del Prado 18-20 (28071-Madrid)

Horario de información al público

Atención telefónica y presencial de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros:

  • Horario de invierno (de 16 de septiembre al 15 de junio)
    • Lunes a viernes: 9:00 a 17:30 h.
  • Horario de verano (del 16 de junio al 15 de septiembre)
    • Lunes a viernes: 8:00 a 15:00 h.
  • Teléfonos: 
    • 915 96 42 62
    • 915 96 10 92

No será necesaria cita previa para la atención presencial en la entrega de documentación aunque seguirá existiendo para quien quiera solicitarla que será exclusivamente a través del siguiente correo electrónico: citaregistro@dsca.gob.es facilitando nombre y apellidos, DNI, teléfono de contacto, correo electrónico y trámite solicitado.

Normativa sobre registro de documentos

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro, en redacción dada por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos

Enlaces

Datos Personales

Consultar la información en la sección de datos personales.